Comprar vivienda en Illes Balears: impuestos, ayudas y cuánto necesitas ahorrar en 2026
Comprar en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera tiene una particularidad que no encontrarás en casi ninguna otra comunidad: el impuesto no es un porcentaje único, sino una escala por tramos que empieza en el 8% y llega al 13%. A cambio, Baleares tiene uno de los paquetes de beneficios fiscales más potentes de España para la primera vivienda habitual, incluida una bonificación del 100% del impuesto para menores de 30 años. Casi todas esas ventajas dependen de un mismo número: 270.151,20 €. Aquí te explicamos cómo funciona la escala, qué exigen los tipos reducidos, cuánto necesitas ahorrado de verdad y qué dos ayudas autonómicas están abiertas ahora mismo.
¿Cuánto se paga de ITP al comprar una vivienda de segunda mano en Baleares?
Se paga una escala por tramos: 8% hasta 400.000 €, 9% entre 400.000 y 600.000 €, 10% entre 600.000 y 1.000.000 €, 12% entre 1.000.000 y 2.000.000 € y 13% a partir de ahí. No se aplica un tipo único al precio total, sino que cada tramo tributa al suyo y de ahí sale un tipo medio.
Ese es el funcionamiento general del impuesto de transmisiones patrimoniales en las Illes Balears según la escala vigente publicada por la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB). Un ejemplo para que se vea: una vivienda de 450.000 € no paga el 9% de 450.000 €. Paga el 8% de los primeros 400.000 € (32.000 €) más el 9% de los 50.000 € restantes (4.500 €). Total: 36.500 €, es decir, un tipo medio del 8,11%.
Ojo con la base de cálculo: Hacienda toma el mayor entre el precio declarado y el valor de referencia de Catastro. Comprueba ese valor antes de firmar las arras, porque escriturar por debajo no reduce el impuesto.
El número que lo cambia todo: 270.151,20 €
Prácticamente todos los tipos reducidos de Baleares exigen que el valor de la vivienda sea igual o inferior a 270.151,20 €. Si tu compra queda por debajo de esa cifra y es tu vivienda habitual, el ITP pasa del 8% general a estos tipos:
- 4%: vivienda habitual de valor igual o inferior a 270.151,20 €, siempre que adquieras al menos el 50% de la propiedad y no seas titular del 50% o más de ninguna otra vivienda.
- 2%: los mismos requisitos, más uno de estos tres supuestos — ser menor de 36 años y que sea tu primera vivienda; tener derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el IRPF; o ser familia numerosa o monoparental.
En una vivienda de 265.000 €, la diferencia entre el tipo general y el reducido para menores de 36 años es de 21.200 € frente a 5.300 €. Casi 16.000 € que se quedan en tu bolsillo o se van a Hacienda según cómo encaje tu caso en los requisitos.
Para familias numerosas y monoparentales hay un matiz importante: el límite sube hasta 350.000 €, pero con un cálculo mixto — el 2% se aplica a los primeros 270.151,20 € y el 8% al exceso. En familias monoparentales de categoría general, el valor no puede superar los 270.151,20 €.
¿Es verdad que los menores de 30 años no pagan ITP en Baleares?
Sí, existe una bonificación del 100% de la cuota, pero no es automática ni es solo por edad: hay que cumplir siete requisitos a la vez, y uno de ellos sorprende a mucha gente porque obliga a hipotecarse.
La bonificación del 100% del ITP se aplica a la adquisición del inmueble que vaya a ser la primera vivienda habitual de menores de 30 años o de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Estos son los requisitos que recoge la ATIB:
- Residencia habitual en las Illes Balears durante los tres años inmediatamente anteriores a la compra.
- Que sea la primera vivienda sobre la que adquieres al menos el 50% de la plena propiedad.
- No ser titular ni cotitular del 50% o más de ninguna otra vivienda.
- Que la vivienda alcance carácter de habitual y se mantenga así tres años, sin transmitirla.
- Precio de adquisición no superior a 270.151,20 €.
- Base imponible total del IRPF del último ejercicio declarado no superior a 52.800 € en tributación individual o 84.480 € en conjunta.
- Haber contratado un préstamo hipotecario por un importe igual o superior al 60% del valor de tasación de la vivienda.
Ese último punto es el que más confusión genera: si compras al contado o con una hipoteca pequeña, pierdes la bonificación. Y estar bonificado no te exime de presentar la autoliquidación. Si dejas de cumplir algún requisito después, toca autoliquidación complementaria en un mes, con intereses de demora.
El AJD: 1,5% general y 1,2% para primera vivienda
El impuesto de actos jurídicos documentados grava las escrituras notariales y en Baleares el tipo general es del 1,5%, uno de los más altos de España. Hay un tipo especial del 1,2% cuando la escritura documenta la compra del inmueble que va a ser tu primera vivienda habitual y su valor no supera los 270.151,20 €, siempre que no seas titular del 50% o más de otra vivienda. En el extremo contrario, las viviendas de 1.000.000 € o más tributan al 2%.
El AJD te afecta sobre todo en obra nueva, porque ahí la operación va por IVA (10%) más AJD en lugar de ITP. Y recuerda que desde 2019 el AJD de la escritura de préstamo hipotecario lo paga la entidad financiera, no tú. El desglose completo de lo que sí pagas está en nuestra guía de gastos de compra de vivienda.
Dos ayudas autonómicas abiertas ahora mismo
El Govern tiene dos programas vigentes que se pueden combinar entre sí y con los beneficios fiscales anteriores:
Ayuda de 10.000 € para la compra (hasta 40 años). La convocatoria 2026-2027 está abierta del 17 de julio de 2026 al 31 de diciembre de 2027: 10.000 € por vivienda para personas de hasta 40 años incluidos, con cinco años de residencia continuada en Baleares, ingresos no superiores a 6,5 veces el IPREM y sin ser titulares de otra vivienda en España. El precio máximo de la vivienda es de 382.000 € sin impuestos ni gastos, la compra debe ser posterior al 1 de enero de 2026 y la vivienda debe ser residencia habitual cinco años. En cotitularidad (máximo dos personas) los 10.000 € se reparten según la cuota de propiedad.
Nova Hipoteca Jove (aval del IBAVI). El Institut Balear de l'Habitatge avala hasta el 20% del valor de la vivienda para menores de 40 años, familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad o con personas con discapacidad a su cargo; para el resto, hasta el 15%. La entidad adherida debe financiar como mínimo el 80% del valor. Exige cinco años de residencia en Baleares, ingresos de hasta 6,5 veces el IPREM (60.666,65 € para una persona y 68.250 € para dos o más), no ser propietario de otra vivienda —con excepciones— y un precio máximo de 382.744,84 € sin gastos ni tributos. Tramitar la garantía cuesta un 0,50% del importe avalado.
La lógica es parecida a la del aval ICO para jóvenes, con requisitos propios. Y conviene tenerlo claro: un aval no es un regalo. Si dejas de pagar, el IBAVI ejecuta la garantía y después te reclama a ti lo que haya abonado en tu nombre.
Ejemplo real: 265.000 € en Palma con 33 años
Vamos con números concretos. Supongamos que compras un piso de segunda mano de 265.000 € en Palma, tienes 33 años, es tu primera vivienda, será tu residencia habitual y no eres propietario de ninguna otra. Encajas en el tipo reducido del 2%.
- Precio de la vivienda: 265.000 €
- ITP al 2% (menor de 36 años, primera vivienda habitual): 5.300 €
- Notaría, registro, gestoría y tasación: aproximadamente 2.100 €
- Total de gastos e impuestos: 7.400 €
- Entrada del 20%: 53.000 €
- Ahorro necesario: 60.400 €
- Importe de la hipoteca (80%): 212.000 €
- Plazo: 30 años · tipo fijo del 3,10% TIN
- Cuota mensual: 905,27 €
Esa cuota está calculada con la fórmula de amortización francesa, no estimada a ojo; el mecanismo lo explicamos en cómo calcular la cuota de la hipoteca. A 25 años en vez de 30, la cuota sube a 1.016,39 € pero pagas unos 21.000 € menos de intereses.
El contraste que explica por qué aquí hay que mirar tan bien los requisitos: si ese comprador tuviera 37 años, el ITP sería del 4% (10.600 €); si no fuera su vivienda habitual, del 8% (21.200 €). Mismo piso, mismo precio.
Con unos ingresos netos de 2.600 € al mes, esos 905 € son un 35% de ratio de endeudamiento, justo en el límite que los bancos suelen aceptar. En Baleares ese ratio es el verdadero cuello de botella de muchas operaciones, más incluso que la entrada.
¿Y en tu caso concreto? Si quieres ver qué cuota te saldría con el precio real de la vivienda que estás mirando y cuánto tendrías que llevar ahorrado contando el ITP de Baleares, calcula tu caso en un minuto o pídenos un diagnóstico gratuito. Sin coste y sin compromiso.
Calcular mi cuota y mis gastosPlazo, modelo y dónde se presenta
El impuesto se devenga el día en que se formaliza la escritura y tienes un mes desde esa fecha para presentarlo y pagarlo, con carácter general mediante el modelo 600. Se presenta y paga por vía telemática en el portal de la ATIB o en las entidades financieras colaboradoras autorizadas, aportando la escritura y la copia simple.
Un mes es poco tiempo y la mayoría de compradores delega la gestión en la gestoría del banco o en la notaría. Confirma quién se encarga y desde qué fecha cuenta el plazo: presentar fuera de plazo implica recargos aunque el importe a pagar sea cero por bonificación.
Resumen para Illes Balears
- ITP por tramos: 8% hasta 400.000 €, 9%, 10%, 12% y 13% en los tramos superiores.
- 4% para vivienda habitual de hasta 270.151,20 € y 2% si además eres menor de 36 años y es tu primera vivienda, o eres familia numerosa, monoparental o tienes derecho al mínimo por discapacidad.
- Bonificación del 100% para menores de 30 años en su primera vivienda habitual, con siete requisitos, incluido contratar una hipoteca de al menos el 60% del valor de tasación.
- AJD del 1,5% general y 1,2% en primera vivienda habitual de hasta 270.151,20 €.
- Ayuda autonómica de 10.000 € hasta 40 años (vivienda de hasta 382.000 €) y aval del IBAVI de hasta el 20% del valor.
- Plazo de presentación: un mes desde la escritura, modelo 600.
Datos fiscales verificados el 24 de septiembre de 2026 en las fuentes oficiales que citamos a continuación.
Fuentes oficiales